derechosrealesbsas.com.ar

Categoría: ARQUITECTOS (contratos de Arquitectos, Responsabilidad profesional, Vicios ocultos y redhibitorios ,Derecho Laboral en la Construccion)

Los Derechos Reales incumben a muchos profesionales ya sea a Arquitectos, Constructores, Escribanos, Martilleros, Corredores inmobiliarios, Administradores de Consorcio. El estudio Jurídico Dva asesora a diversos clientes , profesionales que están en contacto contraste con los derechos reales u derechos de obligaciones directamente relacionados a los inmuebles.

  • CONSULTAS BREVES GRATIS POR  MENSAJE WATHSAPP  AL 1551077902

    CONSULTAS BREVES GRATIS POR MENSAJE WATHSAPP AL 1551077902

    CONSULTAS  ABOGADOS BREVES GRATUITAS POR  MSJ DE WATHSAPP PARA EVALUAR SI ES PROCEDENTE O NO EL RECLAMO

    Recibimos de forma gratuita las consultas de todas las materias que tratamos en el estudio de lunes a viernes de 10 a 20 hs , la evacuacion de la consulta es a los fines de determinar si es procedente o no el reclamo ,  en caso de ser procedente se continuara la misma en una consulta virtual para evaluar costos , plazos y requisitos  de la misma

    DESPIDOS CORONAVIRUS MORON

    CONSULTAS VIRTUALES O PRESENCIALES ABOGADOS MORÓN

    Actualmente por la pandemia estamos atendiendo presencialmente y de forma virtual por medio de videollamadas de wathsapp o de Zoom. Estamos priorizando las consultas Virtuales que se otorgan de un dia para el otro. El costo de la consulta Virtual es de 2000$ y de la Presencial 4200$ . LAS CONSULTAS LABORALES PARTE TRABAJADORA SEA PRESENCIAL O VIRTUAL SON DE FORMA GRATUITA LAS DEMAS SON ABONADAS CON DICHOS PRECIOS.

  • TASACIONES PROFESIONALES MORON -ITUZAINGO- LA MATANZA- SAN MARTIN-  GRAN DISPARIDAD ENTRE PRECIO DE PUBLICACION Y PRECIO DE CIERRE? – PRECIO DE MERCADO Y PRECIO POTENCIAL A FUTURO

    TASACIONES PROFESIONALES MORON -ITUZAINGO- LA MATANZA- SAN MARTIN- GRAN DISPARIDAD ENTRE PRECIO DE PUBLICACION Y PRECIO DE CIERRE? – PRECIO DE MERCADO Y PRECIO POTENCIAL A FUTURO

    TASACIONES POR ARQUITECTOS DE:

    INMUEBLES: LOTES CASAS DEPARTAMENTOS CAMPOS

    IDENTIFIQUE ANTES DE COMPRAR SI EL EDIFICIO TIENE INCONVENIENTES DESPUES YA ES TARDE

    CONSTRUCCIONES SOLAS TERMINADAS O A TERMINAR , MEJORAS INTRODUCIDAS EN UN INMUEBLE

    SE HACE MEDICION EXACTA DEL LOTE Y DE LOS METROS CUADRADOS CUBIERTOS SEMICUBIERTOS Y DESCUBIERTOS DE LA PROPIEDAD, HACEMOS EL PLANO SI LO DESEA DEL INMUEBLE. IDENTIFICAMOS SI EXISTEN PROBLEMAS DE MEDIANERIA O SI EL LOTE Y EDIFICACION ES LO QUE FIGURA EN LA ESCRITURA

    SE IDENTIFICAN VICIOS DE LA CONSTRUCCION EN EL CASO DE QUE REQUIERA EL INTERESADO

    ANTES DE COMPRAR O VENDER LLAMENOS Y EVITESE ASI UN PROBLEMA

    TRABAJAMOS CON EL ESTUDIO JURIDICO DVA QUE LO PUEDE ASESORAR DE COMO DEBE REALIZAR LA RESERVA EN CASO DE TENER ALGUN VICIO Y EVITAR ASI POSIBLES JUICIOS DE DAÑOS Y PERJUICIOS DEL COMPRADOR

    EN CASO DE SER COMPRADOR EVITE COMPRAR UNA PROPIEDAD CON PROBLEMAS

    ACTUALMENTE EXISTE UNA GRAN DISPARIDAD ENTRE PRECIOS DE CIERRE Y PRECIOS DE PUBLICACION, LE DAREMOS UN PRECIO DE VENTA A CORTO PLAZO Y OTRO PRECIO DE VENTA A FUTURO CUANDO EL MERCADO SE RECUPERE. CONSULTE CON PROFESIONALES.

  • TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN 2020 SEÑAS Y RESERVAS

    teoria de la imprevision 2020UN POCO DE HISTORIA
    La imprevisión por el aumento del dólar. El dólar en la argentina viene en crecida desde hace tiempo pero nunca se espero que en 5 meses se duplicará de 20 a 40 pesos.
    Parecido a lo sucedido en el 2001 cuando la gente contraia deuda en dólares pero fue imposible abonarlas .
    Los tribunales en aquellos momentos de una subida de un dólar de 1 a 3 establecieron en la mayoría de los casos sentencias que pesificaron las deudas a 1,4$. Se espera que los tribunales reaccionen de la misma manera.

     

    RESERVAS SEÑAS —-  BOLETOS DE COMPRAVENTA DIFERENTES SITUACIONES

     

    De todas maneras va a ser diferente en el caso de reservas o señas que el de boletos de compraventa donde muchas veces lo que se estila en los mismos es que se establezcan clausulas contractuales en donde por un lado se establece que disponen de dicha suma de dinero y por otro lado que renuncian a la teoría de la imprevision

     

    las clausulas típicas que se establecen en los boletos son:

     

    “””LA COMPRADORA, quien declara y manifiesta tener recursos suficientes en la misma moneda pactada, renuncia expresamente a requerir la resolución de este contrato o la revisión, reducción o alteración del precio de venta y/o de la moneda pactada, invocando la denominación “Teoría de la Imprevisión” .  A este respecto, se deja constancia que la evolución histórica de la economía nacional descarta que se conciba como extraordinaria ni, menos aún, como imprevista, cualquier alteración, por más brusca y elevada que sea, en la cotización o paridad de la moneda estadounidense respecto de la nacional.”””

     

    RESERVAS -SEÑAS
    Las reservas y las Señas deberán SER DEVUELTAS  , en el caso de los boletos de compraventa dependerá de lo que establezcan los tribunales y lo que se pacto en dichos documentos ( boletos de compraventa) , si están o no  las cláusulas señaladas en el párrafo anterior y de qué forma el artículo 765 no resulta ser de orden público por no resultar una norma imperativa no habría inconvenientes en que las partes en uso de la autonomía de la voluntad (arts. 958 y 962 del código citado) pacten -como dice el art. 766, que el deudor debe entregar la cantidad correspondiente en la especie designada

     

    BOLETOS SIN RENUNCIA
    Ello es cuestión de debate de los tribunales ,  hay una cosa cierta, si es reserva o seña debe ser devuelta si es boleto y no hay renuncia a la teoría de la imprevisión serán pesificadas las deudas a lo que los tribunales lo indiquen.

     

     

    BOLETOS CON RENUNCIA – AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD

    En caso de que se haya renunciado a la imprevisión EN UN BOLETO DE COMPRAVENTA,  dependerá de lo que los tribunales entiendan.
    Para asesorar a los clientes es necesario tomar vista de la documentación suscripta entre las partes. Reservas y boletos. Pero en caso de reservas estamos seguros que la solución es la devolución de las mismas.

    INMOBILIARAS QUE SE QUEDAN CON LAS RESERVAS

    Lo que suele suceder es que como ni el vendedor ni el comprador piden la reserva, se la queda la inmobiliaria. Ello es casi una estafa. Los montos depositados no pertenecen a la misma, y debe ser un tribunal quien decida a los sumo a quien pertenecen

    INMOBILIARIAS RETENCIÓN INDEBIDA


    Es de soslayar que las inmobiliarias que retienen los importes, pueden ser pasibles previa intimación legal  del presunto delito de retención indebida dispuesto en nuestro Código, como asimismo perder la matricula de martilleros  y corredores publicos como sanción disciplinaria del colegio que esten matriculados 

    TEMAS TRATADOS EN EL SIGUIENTE ARTICULO: AUMENTO DEL DOLAR DE 20 A 40 EN 5 MESES. RESERVAS BOLETO DE COMPRAVENTA OPERACIONES INMOBILIARIAS . TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN. INMOBILIARIAS SE QUEDAN CON LAS RESERVAS . DELITO DE RETENCIÓN INDEBIDA

     

  • si no pagas el alquiler te pueden echar?

    si no pagas el alquiler te pueden echar?

    no me abonan el alquiler? que Hacer? Argentina .Cierre de Locales Comerciales y falta de pago. Crisis Económica. Que hacen los propietarios e Inquilinos. Locaciones Comerciales y Urbanas.

    Con el dolar por las nubes,  inflación,  caída del PBI, del crecimiento económico, con aumento de la presión tarifaría y de combustibles se reduce los salarios reales ( quien no es despedido)  que se traslada directamente a menos  consumo, y así el cierre de pequeños comerciantes, como así  o falta de pago de los alquileres urbanos y comerciales . La cosa de vuelve mas compleja en el caso de contratos de locación de vivienda, ya que muchas veces no tienen donde ir. Ahora a toda esta problemática le sumamos el problema del coronavirus.

    Que pasa si el inquilino no paga?  

    Hay que intimar vía carta documento al pago del alquiler bajo apercibimientos legales. Ya sea locaciones urbanas o comerciales  se rigen en ese materia por el mismo punto, si no abonan deben dejar el inmueble.

    En el mismo contrato donde se fija el plazo, se fija que no podrá dejar de pagar por mas de dos meses, dado esto, quedara rescindido, es decir, terminado el contrato y el inquilino deberá desalojarlo. problema que también surge al no ocurrir, instalarse este allí por un tiempo gratuitamente, mientras que el locador deberá iniciar un juicio para lo cual deberá invertir tiempo, plata y desventuras.

    Ahora con el nuevo decreto 320/2020 no se puede intimar a abonar al Locatario?

    Si se puede intimar a abonar el alquiler,  el inquilino que no tenga ingresos solamente puede argumentar no abonar por falta de ingresos debido al coronavirus. Hay que tener en cuenta que si contesta la carta documento argumentando en dicho decreto y su falta de ingresos si es falso puede ser acusado de tentativa de estafa

    MODIFICACIÓN: CON EL DECRETO PRESIDENCIAL QUEDAN SUSPENDIDOS LOS DESALOJOS LEER ESTE ARTICULO  DECRETO 320/2020

     

    RESCISIÓN POR MUTUO ACUERDO LOCACIONES

    Desde el estudio abogamos por la negociación antes de llegar a judicializar las situaciones. Generalmente con la intermediación de un letrado se llega a un acuerdo.

    Es importante saber que se deben firmar la documentación respectiva para rescindir el contrato de locación comercial o urbana. En caso de que este vencido hacer el respectiva acta de entrega de llaves.

    Que se abonen las deudas de servicios e impuestos y que quede en inmueble en las mismas condiciones que fue entregado.

    RENEGOCIACIÓN DE ALQUILERES COMERCIALES Y DE VIVIENDA

    Frente a la crisis que enfrentamos por el coronavirus , es importante establecer el esfuerzo compartido, renegociar los alquileres : Lo explicamos en el siguiente articulo

    Decreto 320/2020 – PAGAR LOS ALQUILERES ?

     

     

    Los Contratos de Locaciones Urbanas y Comerciales

    Mas que nunca hay  que extremar los cuidados y pedidos de garantías en esta nueva etapa que esta viviendo el país.  Desde el estudio nos ocupamos de que los garantes y garantías sean reales, como de hacer un contrato que proteja sus derechos.

     

     

  • Curso gratis Introducción a los Derechos reales e Inmobiliario en el Nuevo Código Civil y Comercial.-

    Introducción a los Derechos reales e inmobiliario en el Nuevo Código Civil y Comercial.-

    Este es curso introductorio donde se brindara las principios generables del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, enfatizando los institutos que pertenecen a la disciplina de abatti_alquileres_nuevo_codigo_civil_comercial copylos Derechos Reales. Se tratara de hacer foco en la trasmisión de bienes inmuebles, subrayando las modificaciones en dicha materia.-Asimismo se buscara dar una guía para los profesionales que están directamente relacionados con la trasmisión de bienes inmuebles, ya sea por su carácter de intermediario, ( (Corredor inmobiliario) como de constructor u arquitecto. Asimismo se agregara una lectura sobre las modificaciones en la propiedad horizontal.-

    Es Gratis para los primeros 50 en anotarse, suscribite Comienza el 20 de AGOSTO del 2020.-

    En caso de Querer Anotarse Solo tiene que Llenar el Siguiente Formulario:

    [contact-form][contact-field label=’Nombre’ type=’name’ required=’1’/][contact-field label=’Correo electrónico’ type=’email’ required=’1’/][contact-field label=’Trabajo Profesion’ type=’url’/][contact-field label=’Motivo %26#x002c; Comentario’ type=’textarea’ required=’1’/][/contact-form]

    OTROS CURSOS INFORMATIVOS SOBRE EL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL UNIFICADO:

    El Nuevo Código no es solo en cambio de visión sino directamente un cambio de paradigma, que modificará la percepción de todo el sistema jurídico y que afectará el sistema social, económico, político y cultural existente.El nuevo Codigo Civil y Comercial unificado es un hecho historico, como lo fue también el adelantado Código de Velez, y cambiara asimismo la vida de los ciudadanos.-
    Es por ello que desde Estudio Jurídico DvA , y la pagina de cursos on line ( plataforma de cursos On line) , y www.presidentesargentinos.com ( blog de historia argentina y politica) realizaremos 3 cursos informativos orientados uno de ellos a la población en general totalmente gratuito. 1)Curso informativo ,explicaremos a grandes rasgos con un lenguaje sencillo como va a modificar nuestra vida cotidiana y ( Quiere anotarse presione Aqui) otros 2 cursos dirigidos a los Profesionales : Este específicamente referido a los profesionales vinculados a los derechos reales y otro vinculado a las modificaciones en el derecho a la salud.

  • BUSCA GESTOR

    Estudio Jurídico Dva se encuentra en la búsqueda de abogados de gestor independiente- ( preferentemente con monotributo)  para realizar tareas  1 ves por semana en CABA .

     

  • Cuáles son las incumbencias profesionales del corredor publico ¿ Cuáles son sus obligaciones o deberes?  AUTORIZACIÓN DE VENTA O ALQUILER.-

    Cuáles son las incumbencias profesionales del corredor publico ¿ Cuáles son sus obligaciones o deberes? AUTORIZACIÓN DE VENTA O ALQUILER.-

    Cuáles son las incumbencias profesionales del corredor publico ¿ Cuáles son sus obligaciones o deberes?  AUTORIZACIÓN DE VENTA O ALQUILER.-  

     

    La vendefunción del corredor,  es intermediar entre la oferta y la demanda a los fines de unirla,  de facilitar la operación garantizando seguridad e idoneidad de las operaciones .- La función no se limita en encontrarle el comprador, sino en ayudar a que se pueda realizar la operación.

    El acto de corretaje es el cual una persona le encarga a otra la venta o alquiler ( o otra operación)  de un bien ( mueble o inmueble) solicitando sus gestiones como profesional  para que le acerque el comprador,  cosa distinta es el mandato donde la persona le otorga un poder para que venda o alquile a su nombre y representación. También es función del corredor ,  cotizar la propiedad a los fines de dicha función como sacar los informes respectivos de dominio del bien  inhibiciones de los vendedores y plancheta de catastro corroborando la identidad del lote ,  ello en el caso de bien inmueble para asegurar la seguridad de la transacción.-

    Las incumbencias profesionales del corredor son  aquellas que

    • ejecuta actos de intermediación,
    • valuación y
    • gestión de informes para el cumplimiento de su función (Ley. 20.266)

    Corredor publico inmobiliario,  se relaciona con el tipo de bien que es el inmueble,  pero abarca otros bienes como muebles y semovientes. Además cuando se comercializa un bien inmueble puede como por ejemplo la venta de un campo a tranquera cerrada es que se incluye en el mismo los materiales de labranza y maquinarias, como la hacienda,  ganado.-En caso de trasferencia de fondo de comercio,  la misma abarca muebles, llave , marca, instalaciones.-

    La intermediación del corretaje inmobiliario tiene como vértice de acción el bien inmueble. Se destaca el carácter comercial del corretaje público en sí, al margen de las características que pueda tener el contrato que celebren con sus clientes. El contrato de corretaje está tipificado como acto de comercio, mas allá de que la operación sea entre particulares y sobre un inmueble ( acto Civil)  el corretaje es un acto comercial.-

    AUTORIZACIÓN DE VENTA O ALQUILER   :

    La actividad de el corredor no implica solo la parte publicitaria sino el aspecto económico y jurídico que lo rodea.-  La forma de cumplir con los requerimientos deseados es firmar la autorización de corretaje,  donde se van a establecer los requerimientos señalados por el comitente y los gastos que debe pagar por dicha intermediación   es así que la norma nacional de corretaje establece:

    Art.36 inc. “d”: Convenir por escrito                                                                         con el legitimado para disponer delautorizacion de venta

    bien, los gastos y la forma de satisfacerlos, las condiciones de la operación

    en la que intervendrá y demás instrucciones relativas al negocio…”

     

     

     Autorización de venta  tiene los siguientes elementos:   

    • es CONSENSUAL,  se perfecciona por la firma de comitente y corredor, y no necesita de la entrega de ninguna cosa, 
    • es TÍPICO ya que esta legislado por la ley 25028 y 20266, 
    • es INFORMAL  no necesita ninguna forma legal para ser valido, 
    • BILATERAL  , genera obligaciones para ambas partes ,  y
    • ONEROSO, se hace el trabajo de intermediación por  el pago de la comisión.-

    Autorización de venta se extingue por  : 

    • Se termino el plazo acordado para intermediar, 
    • se concluyo el negocio objeto del corretaje ,
    • por la renuncia del corredor  
    • o muerte incapacidad del mismo.-

    CONCLUSIÓN: Los vendedores son reacios a firmar autorizaciones de alquiler,  a pesar de las insistencias de  las inmobiliarias,  pero además de garantizar a la inmobiliaria un compromiso real de que el comitente quiere vender ,  aumenta la confianza entre las partes . Siempre que la misma sea redactada entre las partes y exponiendo los requerimientos del comitente va a facilitar la operaciones. La autorización es una obligación establecida por ley, en función del corretaje público inmobiliario implica exponer en forma clara y precisa el negocio que se desea realizar con el legitimado, el que deberá acreditar fehacientemente su situación, además, la autorización constituye una obligación

  • Inmobiliaria obligaciones y funciones en ventas y alquileres

    Inmobiliaria obligaciones y funciones en ventas y alquileres


    Inmobiliaria obligaciones y funciones en ventas y alquileres
    compra venta de inmuebles abogados

    En este articulo trataremos los deberes y Que hay que tener en cuenta cuando se contrata con una inmobiliaria?

    Que es la autorización de venta o Alquiler? Cuales son las obligaciones de la inmobiliaria?

    En síntesis una La inmobiliaria debe informar y conocer en que situación jurídica,  catastral e impositiva se encuentra el inmueble ofrecido, pero vamos a ahondar en las obligaciones legales que están obligados por la Ley 20266 que rige la profesión.

    obligaciones y funcione inmobiliarias en venta y alquiler
    Las inmobiliarias deben corroborar que lo que se vende es de quien esta vendiendo y que la persona tiene facultades para vender.

    OBLIGACIONES DE UNA INMOBILIARIA INTERMEDIACION INMOBILIARIA

    • CORROBORAR IDENTIDAD Y CAPACIDAD

    Es indispensable corroborar identidad antes de hacer una operación,  que es esa persona y que tiene la capacidad legal para contratar,  alquilar, vender, comprar,  afianzar,  ya que sino el acto es anulable. Asimismo que la persona este en sus cabales no sea insana,  suele suceder con personas de avanzada edad que presentan demencia senil o Alzheimer.-

    Al contratar con una inmobiliaria , el corredor esta en obligación de verificar dichos datos y que las personas contratantes son capaces ,  ya sea el comitente  quien le encargo la tarea de vender o alquilar o el ofertante quien realizo la reserva de alquiler o de compra

    Es por ello que la ley regula al respecto:

    • Comprobar la identidad de las personas entre quienes se tratan los negocios en los que interviene y su capacidad legal para celebrarlos.   (art. 36 inc. “b” L.20.266)

     AUTORIZACIÓN DE VENTA O ALQUILER

     Uno de los actos es la autorización de venta o alquiler,  es importante para las partes ya sea comitente como inmobiliaria establecer  quien se va a hacer cargo de los gastos,  el plazo de duración,  las directrices de el comitente , y específicamente si tiene facultades de firmar la reserva en su nombre,  o es ad referéndum de su aprobación , y lo establece como obligación en el art 36

    Ademas es importante que se describa el negocio o inmueble  con exactitud y claridad para el acuerdo de voluntades informando sobre las condiciones del objeto y precio de mercado,  obligación que pesa también para los martilleros.

    QUE ES IMPORTANTE SABER A LA HORA DE COMPRAR O VENDER UN INMUEBLE?

    LO QUE TENER EN CUENTA ANTES DE HACER UNA OPERACIÓN INMOBILIARIA.

     SITUACIÓN JURÍDICA DEL INMUEBLE                                                                           A la hora de hacer una operación inmobiliaria y mas en caso de una compra venta de un inmueble, mas en el caso del comprador es indispensable conocer la situación jurídica del comitente con respecto al bien que ofrece a la venta. Es importantes e indispensable saber si es titular del inmueble, para ello se debe sacar un informe de dominio en derecho inmobiliarioel registro de la propiedad,  y en caso de que no sea titular en que situación jurídica se encuentra,  si es heredero,  si en dicho caso esta realizada la declaratoria,  si es un poseedor veinteañal con juicio tramitando de usucapión,  o si es un simple tenedor del inmueble.- Asimismo verificar que el vendedor no se encuentre inhibido para ello obtendrá el respectivo informe de anotaciones personales. Es Otra de las obligaciones de la inmobiliaria corroborar la situación jurídica del comitente.-

    La publicidad registral es una herramienta necesaria, con la que debe contar el corredor inmobiliario antes de realizar cualquier intermediación,  a  fin de tener certeza de la situación legal del bien objeto de la intermediación, pues de ello dependerá del éxito de la gestión al revelar éticamente el estado fáctico del inmueble. En caso de que surja de dichos informes que se encuentra inhibido embargado o con una anotación de litis,  deberá recabar datos a fin de dar una solución al comitente ya que va a imposibilitar o dificultar la venta  si no es solucionado.-

    La inmobiliaria debe informar y conocer en que situación jurídica, catastral e impositiva se encuentra el inmueble ofrecido.

     Es importante antes de comprar un inmueble sacar el informe de dominio del mismo,  ya que este nos dará los datos del inmueble   matricula   nomenclatura catastral,   y nos dirá quien es titular o titulares y los porcentuales que tiene,  además de informarnos si esta embargado y en dicho caso por cuanto es el mismo y los autos y el juzgado interviniente.Asimismo nos dirá si pesa sobre el una hipoteca, o una anotación de litis. Como asimismo si esta constituido como bien e familia.-

    Se puede trasferir con embargos e hipotecas siempre que la persona se haga cargo. O realizar la cancelación respectiva antes de transferirlo.

     La inmobiliaria tiene la obligación de disponer del informe de dominio antes de trabajar el inmueble para poder informar sobre las condiciones del mismo. Como las operaciones por regla general se hace libre de todo gravamen hay que saber si ellos es realmente de esa forma y sino tiene que estar aclarado y aceptado por la compradora que se hara cargo.-

     CONDICIÓN CATASTRAL.-

     A la hora de comprar un inmueble además de corroborar identidad y capacidad y saber la situación jurídica del inmueble y del vendedor,  hay que saber la condición catastral del inmueble,  es decir por mas que tengamos el titulo o copia del mismo hay que corroborar,  habrá que corroborar la realidad in sutu que representa la extencion de dominio o nomenclatura, solicitando una PLANCHETA CATASTRAL donde figura el lote dentro de la manzana y los colindantes.-

    La condición catastral, es un elemento de relevancia para la confección de la escritura traslativa de dominio, si bien el profesional a cargo –escribano- posee el antecedente registral, también debe contar con el informe de catastro, por lo que anticiparnos al trámite, no sólo coadyuvará en el trámite mencionado, sino que demostrará la seriedad y compromiso del actuar del  profesional.

    Puede suceder que el título de propiedad y la plancheta sean exactamente iguales , pero también que allá invasión o reducción ,  disminuyendo el lote ,  por lo que después pueden pedir una reducción del precio si no quedase aclarado.

     SITUACIÓN IMPOSITIVA O DEUDAS DE SERVICIOS.-

     En principio todo operación se hace libre de deudas y de gravámenes por lo cual el vendedor como el comprador deben saber en que situación esta. Si bien es cierto que al momento de realizar la escrituración el escribano retiene los importes , abona con los pagado por el vendedor las deudas ya que no puede trasferir con ellas. Una Inmobiliaria seria ,  le va a hacer saber cuales son los deudas que tiene y servicios impagos, al momento de ofrecer la propiedad y firman la reserva.-

    inmobiliaria obligaciones y funciones en venta y alquileres
    La inmobiliaria no puede desconocer los vicios que posee el inmueble debe dar a conocer las falencias a los vendedores y compradores

     

     

     

     Es decir la inmobiliaria debe conocer la situación jurídica,  catastral e impositiva del inmueble ofrecido, y debe expresarlo al momento que se presente un interesado  y mas aun al momento de realizar una oferta (reserva) ,  para estar seguro de que realmente le interesa la propiedad.

     Autor:  Dr Villa Abrille Abogado.-

     

     

     

     

    derechosrealesbsas.com.ar/

    ESTUDIO JURIDICO DVA   ESPECIALISTAS EN DERECHOS REALES

    4627-0825  —   1551077902

    OTROS ARTICULOS  DE DERECHO INMOBILIARIO

    CLAUSULAS ABUSIVAS. Son Validaz las clausulas abusivas en los Boletos de Compraventa, Reservas, Multas Exageradas por incumplimiento, Intereses usurarios en Contratos de locación, Clausulas de resolución de boleto de compraventa quedándose con lo pagado??

     

    MODELO CONVENIO DE DESOCUPACIÓN.- CUESTIONES A TENER EN CUENTA. REQUISITOS

     

    Son Validas las compraventas entre padres e Hijos, Son Validas las Donaciones Gratuitas a un hijo. Que sucede cuando ello perjudica a los demás herederos.

     

    Aspectos centrales del corretaje inmobiliario: autorización de venta, reserva y cobro de la retribución

     

    La reserva esta por vencer? y no hay noticias del reservante , que hacer? INTIMACIÓN A REALIZAR BOLETO, O A ESCRITURAR, POR LA INMOBILIARIA (con debida autorización para ello)

     

    JUICIO DE ESCRITURACION. Que hacer cuando el vendedor no se presenta a firmar la escritura? puede arrepentirse? se puede obligar a firmar la escritura o solo puedo pedir la devolución del dinero mas daños e intereses? Puedo solicitar al juez que firme por el vendedor?Cazes de Francino, Amalia c. Rodríguez Conde, Manuel.(10/3/1951)

    MODELO DE BOLETO DE COMPRAVENTA POR TRACTO ABREVIADO Y EN COMISIÓN . MODELO DE BOLETO DE COMPRAVENTA CON PODER PARA COMPRAR.

    COMPRA POR CREDITO BANCARIO. ELECCION DEL ESCRIBANO. Quien elige al escribano en una operación de compra- venta?? El comprador/oferente toma un crédito bancario. Quien designa a su escribano EL COMPRADOR o el BANCO?

    JUICIO DE ESCRITURACION. Que hacer cuando el vendedor no se presenta a firmar la escritura? puede arrepentirse? se puede obligar a firmar la escritura o solo puedo pedir la devolución del dinero mas daños e intereses? Puedo solicitar al juez que firme por el vendedor?Cazes de Francino, Amalia c. Rodríguez Conde, Manuel.(10/3/1951)

    MODELO DE BOLETO DE COMPRAVENTA POR TRACTO ABREVIADO Y EN COMISIÓN . MODELO DE BOLETO DE COMPRAVENTA CON PODER PARA COMPRAR.

    Cuanto me sale una escritura? Cuantos son los Honorarios del Escribano? como se distribuyen los gastos ? que es el ITI? Quien paga los impuestos que se deben sean estos municipales o provinciales? Los servicios?

    COMPRA POR CREDITO BANCARIO. ELECCION DEL ESCRIBANO. Quien elige al escribano en una operación de compra- venta?? El comprador/oferente toma un crédito bancario. Quien designa a su escribano EL COMPRADOR o el BANCO?

    Preguntas frecuentes Inmobiliarias. COMPRAVENTA INMOBILIARIA. PROBLEMAS ANTES DEL BOLETO. A) ¿Se Perdió o no tiene Plano? B)¿Perdió Escritura y/o Reglamento de copropiedad? c) Si el Escribano Esta muerto? O No tiene la Escritura? d)¿Se Puede Vender Inmueble Hipotecado, embargado ? Inhibiciones de los propietarios? Con juicio de Ejecusion Fiscal o Hipotecario? E) Muerte de un propietario despues de firmar el boleto pero antes de escriturar? F) Que sucede si después de firmar el boleto no quiere escriturar el propietario ? LOCACIONES URBANAS certificacion de firmas para que sirve? Ley de sellos?

     

     

     

     

  • Cómo funcionan y cuándo invertir en fideicomisos inmobiliarios

    Cómo funcionan y cuándo invertir en fideicomisos inmobiliarios

    fideicomisoLOS PROYECTOS INMOBILIARIO Y LOS FIDEICOMISOS.-     

    El proyecto inmobiliario es  proyecto  de inversión,  es decir un Conjunto de insumos  inversiones y actividades con el objetivo de sortear problemas y obtener beneficios comerciales,  a través de la realización de un proyecto inmobiliario. Se podría expresar asimismo, que en el proceso de ejecución intervienen muchas disciplinas profesionales en virtud a la envergadura de la idea y los capitales financieros que participan. Muchas veces la forma jurídica que adoptan es a travez de los fideicomisos inmobiliarios,  pero primero veremos que es un proyecto inmobiliario para después meternos de lleno en la etapa jurídica de como instrumentarlo.-

    COMO FUNCIONAN Y CUANDO INVERTIR EN FIDEICOMISOS INMOBILIARIOSCon respecto a un proyecto inmobiliario hay una Trilogía de etapas, a modo de sintesis Introductoria,  de Desarrollo , Conclusión. En la Etapa introductoria donde se hace el planteo del proyecto  inmobiliario,  que tipo de proyecto va a ser,  un edificio PH,  un country,  Cuales van a ser las fuentes de financiamiento,  mercado, factibilidad,  forma de comercializarlo  Etapas de la obra,  materiales,  proveedores, mano de obra,  costos,   montos económicos de cada etapa de la obra,   Etapa de Desarrollo: Puesta en marcha  del producto,   inversiones y gastos en cada etapa del proyecto. Ventas  o pre ventas antes de tenerlo terminado  Conclusión: Producto terminados si cumple los expectativas como así también los ingresos estimados.-

    Cual va a ser la acción metodológica para hacer un proyecto de inversión inmobiliario?

    1)Económica Social:  El mercado potencial de dicho producto, poder adquisitivo, gustos tendencias ,   la economía en general la macro economía  , políticas públicas crediticias,  políticas públicas de incentivos a ciertos sectores ( promoción industrial)  los vaivenes internos de cada lugar especifico , periodos vacacionales en zonas turísticas

    2) Técnica Jurídica   Factibilidad jurídica de dicho proyecto según la normativa local, provincial , municipal.-

    1. A) La ubicación geográfica de  la  sede  empresarial   que  administrará   el  proyecto

    B) La organización de la empresa: En su sentido estricto, se debe tener presente la situación jurídica en cuanto a la personería que constituye la empresa, como así también todo lo atinente  a la  normativa laboral  e impositiva  de cumplimiento legal.-                    

    C) Del producto en  sí  mismo: En este punto, lo importante es observar el cumplimiento  de las normas  técnicas  constructivas  y de ocupación del   suelo,   como   así   también    las   jurídicas    las   que   son   de identificación  del bien (dominios, condominios,  pre-horizontalidad, PH), esto último sería en base a las factibilidades permitidas jurídicamente para alcanzar las aprobaciones y habilitaciones de uso pertinente del producto inmobiliario, lo que también debe ser considerado  desde el examen y cálculo técnico en los presupuestos de inversión y gastos.

    3) Organizacional   Participantes necesarios del proyecto. Mas alla de la figura legal que se imponga para organizar el negocio ( sea una sociedad o unipersonal si dispone  de todo el capital), los profesionales son participes necesarios es indispensable el asesoramiento en diversas aéreas  contable, jurídica,  inmobiliaria para comercialización además de la parte arquitectónica,  arquitecto, y diseños ,  para llevar a cavo el proyecto.-

     

    4)Financiera   presupuesto  propio socios ,  créditos,  gastos  ,  inversiones ,  recupero de inversiones ,  estimación de ganancias. Determinara cada uno de los gastos de las etapas de la construcción,  así como los posibles recuperos por las preventas. Pero asimismo debe establecer fondos de reserva en caso de riesgos económicos macroeconómicos de la economía del país,  como así también frente a cualquier siniestro cosa de no quedarse el proyecto varado a la mitad.-

     

    EL FIDEICOMISO EN LOS PROYECTOS INMOBILIARIOS

    como funcionan y cuando invertir en fideicomisos inmobiliariosEl fideicomiso es un instrumento jurídico de notable “plasticidad” o flexibilidad y ahí, precisamente, radica su ventaja y, a la vez, su aparente complejidad. Así que se puede hacer un fideicomiso tanto con finalidad “filantrópica” (facilitar una donación de bienes) como con finalidades de lucro (exportar mercaderías, fabricar y/o comercializar bienes y/o servicios, construir y/o comercializar inmuebles, garantizar prestamos, etc.)   La figura de   fideicomisos se creo en Inglaterra llamados “trust”, en argentina mediante la ley  24.441/94     del año 1994, se crea la figura legal del fideicomiso,  pero recién después del la crisis del 2001 se aplican asiduamente   a fideicomisos inmobiliarios  y fideicomisos agrarios “pool de siembra”,  especialmente por el quiebre del sistema de financiamiento. El sistema financiero deja de ser la herramienta fundamental de los proyectos inmobiliarios para dejar paso a los fondos de inversión a través de fideicomisos financiados por empresas multinacionales y sectores agropecuarios.

    Fideicomiso  significa  desde su origen   -fidei-   confianza   -comiso-   “comisión” o “encargo”,  es decir confianza en el encargo. Es muy utilizado en el mundo de los negocios especialmente el financiero,  ya que sirve para proteger un negocio bienes, conjunto de bienes,  de riesgos externos e internos al separarlo completamente de los que lo integran, con una finalidad establecida.   Se compone de un “Fiduciario/s”  ,  es el que entrega los bienes  siendo el titular registral,  para que un “Fiduciante”  lo administre y lleve el negocio / proyecto a su fin en beneficio propio o de terceros  “fideicomisario” Destinatario final del proyecto que suele ser también el beneficiario , aunque a veces puede ser el mismo fiduciante.  El beneficiario puede o no existir, no va a ser el destinatario final de los bienes pero en su  beneficio se ha instituido el fideicomiso.

    La ley 24441 describe al fideicomiso de la siguiente manera:

    “ARTICULO 1º — Habrá fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transmita la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario.”

    Se crea un dominio imperfecto ,  “patrimonio separado” que sale de la esfera de el fiduciario  “bienes”  que le otorga al fiduciante “patrimonio exclusivo· distinto a su patrimonio común”,  para una finalidad especifica  en beneficio del beneficiario ,  y debe trasmitirlo a otra persona “Fideicomisario”  “pasando a su patrimonio común” una ves finalizado el la condición fiduciante”  , por ejemplo “edificio terminado 20 unidades  sometido a propiedad horizontal “

    EL fideicomiso crea una excepción a la regla de que el patrimonio es la garantía común de los acreedores ya que crea en cabeza del fiduciario 2 patrimonios:

    1) Su patrimonio “personal” o “común” (el que tenemos todas las personas)

    2) El patrimonio “separado”, “especial” o “de afectación” (integrado por los bienes transmitidos por el fiduciante.

    Este patrimonio “separado”, “especial” o “de afectación” no podrá ser atacado por los acreedores individuales del fiduciario, ni del fiduciante, ni del fideicomisario, ni del beneficiario. Los únicos que pueden atacar el fideicomiso son los “acreedores del fideicomiso “  por ejemplo quienes compraron una unidad funcional del proyecto de fideicomiso,   quienes contrataron con el fideicomiso directamente,  proveedores de materiales,  obreros, pero solo pueden demandar “los bienes del fideicomiso” y no los bienes del fiduciante o del fiduciario.-

     

    Hay jurisprudencia que hace responsable a el Fiduciante y su patrimonio propio frente a los incumplimientos del fideicomiso ,  encontrándola abusiva según la ley de defensa del consumidor dichas clausulas,  al haber el fiduciante sido participe directo . Como así también el Fiduciario es responsable por la consecución del negocio a buen puerto, como un buen hombre de negocios , a pesar de las clausulas limitativas de responsabilidad.-

    Máxime teniendo en cuenta que los compradores de inmuebles,  unidades funcionales nuevas , lotes ,  son consumidores, con la consecuente protección que da la legislación a ellos,  siendo responsable toda la cadena de comercialización ,  fabricante , distribuidor, comercializador.  En los autos “Baredes Guido Matias c/ Torres de Libertador 8000 SA y otros s/ Daños y Perjuicios” CNCIV-SalaH,  el fiduciante era un Banco Río de la Plata,  que prestaba su Marca al fideicomiso y promocionaba el mismo, por lo cual era parte de la cadena de comercialización siendo responsable frente al incumplimiento del fideicomiso no siendo un simple fiduciante del mismo.-Extendiendo la responsabilidad falla así “ la cláusula del contrato de  preventa que la eximía de responsabilidad, no es oponible al consumidor, ya que se trata de una cláusula abusiva, inserta en un contrato de adhesión (Conf. CNCAF,Sala II Banco

    Hipotecario c/ Ciudad de Buenos Aires 14/06/05)

     

    Regulación Legal del Fideicomiso:

    El marco legal esta dado por por la ley 24441/94   que además modifico el art 2662 del Código Civil  que quedo así: “Dominio fiduciario es el que se adquiere en razón de un fideicomiso constituido por contrato o por testamento, y está sometido a durar solamente hasta la extinción del fideicomiso, para el efecto de entregar la cosa a quien corresponda según el contrato, el testamento o la ley.”    y en materia financiera específicamente Resoluciones de la Comisión Nacional  de Valores nº 271/95 y concord., y Decreto  P.E.N nº 780/95.Impositivamente,  pagan IVA, Ingresos Brutos, ganancias.  Los Financieros están tienen exenciones impositivas de acuerdo a lo dispuesto Decr. nº  780/95.

    La Ventaja de los fideicomisos además de crear un patrimonio separado ,  exento de riesgos, indispensable para atraer inversiones,  es que no necesita   de la escritura pública reduciendo gastos,    con la simple firma y consentimiento  de las partes son validos, sin necesitar tampoco la entrega de la cosa.- Solo el Fiduciario en caso de fideicomisos financieros debe ser una entidad financiera o  sociedad inscripta a sus efectos en la Comisión Nacional de Valores.

     

    Cuales son Elementos que deben estar en el contrato según ley?

    • Individualización de los bienes, o si no se pueden individualizar requisitos y características que deberán tener los bienes.
    • Como, determinar el modo para incorporar nuevos bienes al fideicomiso
    • Plazo de duración que no podrá exceder de 30 años salvo que el beneficiario sea un incapaz que durara hasta su muerte o cese de su incapacidad.
    • Destino de los mismos una vez finalizado el contrato de fidecomiso
    • Obligaciones y derechos de fiduciario y casos de remoción o sustitucion en caso de que cesare su intervención.-

    FIDEICOMISO AL COSTO.-

    El “fideicomiso al costo” no es un tipo de fideicomiso regulado por la ley 24.441 sino simplemente una forma de denominar una manera de comercializar un emprendimiento inmobiliario (un edificio en propiedad horizontal, un barrio privado, etc.).

     

    Se trata de un negocio inmobiliario que se instrumentará a través de un fideicomiso, donde los futuros adquirentes de unidades funcionales o de lotes en un barrio privado se comportan como inversores, dado que se comprometen a aportar los fondos necesarios para cubrir todos los costos del proyecto inmobiliario.

    Generalmente, estos inversores- futuros adquirentes de unidades funcionales o de lotes en un barrio privado pueden “revender su parte” conforme avance la obra o ya esté concluida y muchas veces este valor de reventa era el negocio perseguido al hacer la inversión.

    NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL OBLIGACIÓN DE SEGURO DE CAUCIÓN Y DE INSCRIBIR LOS BOLETOS:

    Con el nuevo codigo civil y comercial surgen 2 obligaciones para el realizar un boleto de compraventa en un fideicomiso que vienen a proteger al comprador, siendo que el fideicomiso es un contrato de riesgo para el comprador

    SEGURO DE CAUCIÓN: La Compañía de Seguros asume una responsabilidad ante un tercero por su obligación de hacer, de no hacer o de dar algo en tiempo y forma, en este caso de no poder concretarse ( por ejemplo el departamento) se devolverán los montos depositados mas un interés compensatorio

    INCRIPCION DEL BOLETO: Estan obligado el fideicomiso a Incribir el Boleto en el Registro de la Propiedad

    Ello bajo apercibimiento de no poder ejecutar en caso de incumplimiento del deudor , en este caso comprador, que generalmente es en cuotas.

     

    CONCLUSIÓN : A modo de síntesis las ventajas del fideicomiso han sido mas que sus desventajas y posibilitaron un crecimiento de la construcción y la oferta inmobiliaria a pesar de las poca fuentes de financiamiento oficial y del mercado financiero Como Ventajas del mismo podemos establecer: Es un contrato flexible , que permite formar estructuras jurídicas  adaptándose a los objetivos buscados. Al desmembrar el patrimonio limita los riesgos. Busca la tranquilidad , honestidad y diligencia en el manejo de los negocios.- Atrae inversiones que antes no participaban, al tener mecanismos para llegar a concretar un negocio y para la consecución de proyectos que pueden durar décadas, con la introducción del seguro de caucion y la incripcion del boleto limita los riesgos del comprador para el caso de que no le entreguen el inmueble

    CONSULTE A SU ABOGADO ANTES DE REALIZAR UN FIDEICOMISO, ES IMPORTANTE LEER TODAS LAS CLAUSULAS Y SUS ANEXOS, ADEMAS DE REALIZAR BOLETO DE COMPRAVENTA Y NO ADHESION AL FIDEICOMISO.

    Autor:  Dr Villa Abrille Abogado.-

    derechosrealesbsas.com.ar/

    ESTUDIO JURIDICO DVA   ESPECIALISTAS EN DERECHOS REALES

    4627-0825  —   15510777902

    OTROS ARTICULOS SOBRE FIDEICOMISOS

    FIDEICOMISO. FALLO IMPORTANTE. Banco Hipotecario S.A.

     INTRODUCCION A LOS CLUBES DE CAMPO.-

     

     

  • Decisiones Asamblearias Abusivas

    Decisiones Asamblearias Abusivas

    Decisiones Asamblearias Abusivas-

    Que ocurre cuando la decisión asamblearia, contraria la ley o el reglamento interno? ¿Que pasa cuando no hay quórum, no se respetan las mayorías, o se computan indebidamente los votos que de lo contrario hubiesen invalidado la decisión?

    consorcios

    Las decisiones asamblearias abusivas: La Vida Consorcial, fuente de conflictos constantes (muchos de ellos inevitables), hace necesaria una ordenada administración para no caer en el caos y colapsar. Es función primordial del administrador ocuparse de los aspectos que sean de su incumbencia, llevarlos con suma prolijidad y cuidar celosamente de toda la documentación que se le ha confiado.

    Pero las principales funciones que cumple, las hace como simple ejecutor de las decisiones asamblearias que se toman en el seno de la deliberación. Sin perjuicio de cuestiones cotidianas que no requerirán si o si del consentimiento del órgano, el representante de los copropietarios no puede ni debe apartarse de la ley, del reglamento ni de las decisiones asamblearias.

    Ahora bien, ¿Que ocurre cuando la decisión asamblearia, contraria la ley o el reglamento interno? ¿Que pasa cuando no hay quorum, no se respetan las mayorías, o se computan indebidamente los votos que de lo contrario hubiesen invalidado la decisión?

    desiciones asamblearias abusivas

    Un vistazo veloz por la ley de propiedad horizontal 13.512  y el nuevo código civil y comercial arroja que es deber del administrador bregar por el cumplimiento de la ley y del reglamento.
    No es ocioso remarcar que existe una linea jerárquica entre normas, que prescribe que la ley esta por encima de todas las regulaciones (hablamos de normas de orden publico, que se diferencian de aquellas supletorias que solo rigen para particularidades que no hayan sido previstas en los contratos). En segundo lugar, rige la vida consorcial el reglamento de copropiedad, para luego ser regido en base a las decisiones asamblearias.

    El administrador, no solo puede, sino que debe velar por el cumplimiento de la normativa interna y abstenerse de ejecutar decisiones que contraríen lo previsto en ella.-

    COVID-19  CORONAVIRUS COMO TOMAR DECISIONES?

    Solo las decisiones urgentes que no necesiten prorroga deben ser tomadas de forma virtual, en la excepcional situacion de cuarentena,   siempre que no sean abusivas, teniendo en cuenta los siguientes requisitos:

    •  transparentar el procedimiento de convocatoria y de reunión.
    • Notificar por correo electrónico o whatsapp.( siendo que no se puede enviar carta documento)  Esto es fundamental para notificar la convocatoria con el orden del día.
    • definir la plataforma a utilizar para que se realice la asamblea y se labre el acta.
    • Se deberá tomar razón de presentes y representados,
    • elegir presidente,
    • secretario de actas y dos propietarios para avalar lo actuado y decidido,
    • luego de explicitar la legalidad de la asamblea virtual.
    • Deberá  posibilitar la plataforma elegida la deliberación y votación de cada punto del orden del día y la resolución que se adopte.
    • Finalmente la asamblea deberá poder ser reproducida en forma virtual y conservada para ser transcripta por escrito en el Libro de Actas
    • constar la firma de los dos propietarios elegidos al efecto (arts.2058 a 2062 del Código Civil y Comercial de la Nación).
    • Hay que actuar con transparencia para evitar futuras impugnaciones.